Ayudas a la rehabilitación en
Comunidad Valenciana 2026.
Convocatoria gestionada por Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. Programa con mayor peso: Programa 3 (edificios). Estado de la convocatoria: Plazo de solicitud cerrado el 27 de febrero de 2026, confirmado como «termini tancat» en el catálogo de procedimientos de la Generalitat; el Acuerdo n.º 42 de la Comisión Bilateral, de 14 de mayo de 2026, amplió solo la ejecución del Programa 3 (edificio) hasta el 30 de junio de 2028.
Organismo gestor
Boletín oficial
Convocatoria 2026
cerrada
Dotación convocatoria
74.83 M€
C. Valenciana · Dotación de la convocatoria autonómica 74.83 M€
Peculiaridades de la convocatoria en Comunidad Valenciana
La Comunidad Valenciana opera bajo la marca «eRehabilita», que integra los programas Next Generation con las líneas autonómicas del Plan Renhata. La Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática gestiona los expedientes desde sedes en València, Alicante y Castellón. La convocatoria 2024-2026 de rehabilitación a nivel de edificio, vivienda y proyectos técnicos (Programas 3, 4 y 5) partió de una dotación de 26,85 millones de euros para 2024 y se amplió en al menos 47,98 millones más durante 2025, hasta sumar 74,83 millones de euros; se resolvió por concurrencia no competitiva y su plazo de presentación de solicitudes, que se abrió el 23 de enero de 2025, transcurrió en su última anualidad del 20 de enero al 27 de febrero de 2026, ya cerrado. La climatología mediterránea hace que las soluciones más rentables sean ventanas de PVC con factor solar bajo, fachada ventilada y aerotermia para climatización. En el plano fiscal, además de la deducción estatal por mejora de la eficiencia energética, la Comunidad Valenciana dispone de una deducción autonómica del IRPF del 20 % de las cantidades satisfechas por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad de la vivienda habitual (50 % en obras de accesibilidad para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 %), con base máxima de 5.500 euros anuales y límites de renta (deducción íntegra con base liquidable inferior a 27.000 euros en tributación individual o 44.000 euros en conjunta, decreciente hasta 30.000 y 47.000 euros respectivamente), conforme al artículo 4.Uno.w) de la Ley 13/1997; esta deducción no exige mejorar la letra del certificado energético. Las obras en zonas declaradas Patrimonio Mundial por la UNESCO (Llotja de la Seda, La Albufera) o en cascos históricos requieren informe favorable de la Conselleria de Cultura y, en algunos casos, del ayuntamiento correspondiente.
De la convocatoria 2024-2026 de rehabilitación de edificios, gestionada bajo la marca «eRehabilita» y regulada por la Orden 9/2024, de 19 de diciembre, solo queda en septiembre de 2026 la tramitación de los expedientes ya presentados: el plazo de solicitud, que se fue ampliando por sucesivas resoluciones de crédito (21 de julio y 16 de octubre de 2025) hasta sumar al menos 74,83 millones de euros, cerró definitivamente el 27 de febrero de 2026, tal como confirma el catálogo de procedimientos de la Generalitat. La Vicepresidencia Primera y Consellería de Vivenda, Ocupació, Joventut i Igualtat —el departamento se reorganizó y cambió de nombre respecto al que aprobó la convocatoria— amplió después, mediante el Acuerdo n.º 42 de la Comisión Bilateral del 14 de mayo de 2026, el plazo de ejecución de las obras del Programa 3 (edificio) hasta el 30 de junio de 2028; el Programa 4 (vivienda individual), en cambio, sigue obligado a finalizar antes del 30 de junio de 2026.
La novedad real de 2026 en la Comunidad Valenciana no es una convocatoria de obra, sino un paso previo: la Resolución de 19 de junio de 2026 aprobó las bases reguladoras de una subvención para costear los honorarios del Informe de Evaluación del Edificio de uso residencial de vivienda (IEEV.CV), el equivalente valenciano de la inspección técnica de edificios, publicada en el DOGV núm. 10393 de 29 de junio de 2026 y corregida por errata el 7 de julio. Pueden pedirla los propietarios de viviendas unifamiliares, los propietarios únicos de edificios residenciales y las comunidades de propietarios de edificios de más de 50 años, siempre que el informe ya esté redactado e inscrito en el registro autonómico de IEEV.CV antes de solicitar la ayuda. A comienzos de septiembre de 2026 las bases ya estaban en vigor, pero la convocatoria propiamente dicha —con la cuantía exacta y el plazo de solicitud, previsto en dos meses desde su publicación— seguía pendiente de aparecer en el DOGV, así que todos los trámites asociados figuraban todavía como «termini no obert».
Quien tenga hoy un edificio de más de 50 años y quiera adelantarse a esa convocatoria puede encargar ya el IEEV.CV a un arquitecto o arquitecto técnico e inscribirlo en el registro GESIEE de la Generalitat, porque la subvención solo se concederá sobre informes ya redactados y registrados; quien tenga un expediente abierto de la convocatoria 2024-2026 solo necesita seguir los plazos de ejecución y justificación ya fijados en su resolución de concesión, y dirigir cualquier consulta al correo fonseuropeus_rehabilitacio@gva.es. Un convenio o una convocatoria específica derivados del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (Real Decreto 326/2026) todavía no aparecen en el portal de arquitectura y vivienda de la Generalitat.
Clima mediterráneo y presión turística: bioclimatismo + freno al alquiler turístico
Cataluña, Comunidad Valenciana y Murcia comparten patrón mediterráneo: puntas estivales de calor y veranos largos. La baremación favorece soluciones de protección solar (factor solar bajo en ventanas, toldos motorizados de lamas, fachada ventilada) y aerotermia para climatización integral. La presión turística costera ha llevado a las tres comunidades a vincular las ayudas a un compromiso de uso residencial principal o alquiler estable durante diez años. La Comunidad Valenciana articula el sistema vía la plataforma «eRehabilita» y aplica una deducción autonómica del IRPF del 20 % por obras de conservación o mejora de la vivienda habitual (50 % en accesibilidad), mientras que Cataluña mantiene una deducción autonómica del 1,5 % por rehabilitación de la vivienda habitual. En todos los casos, conviene verificar el estado de cada convocatoria en su boletín oficial, ya que la mayoría tienen el plazo de solicitud cerrado.
Programa principal en Comunidad Valenciana
Rehabilitación a nivel de edificio
- Cuantía máxima
- 40-80 % del coste según ahorro energético acreditado
- Plazo de ejecución
- 20 meses desde concesión
- Condición específica de Comunidad Valenciana
- Plataforma «eRehabilita» integra el Plan Renhata y los programas Next Generation. Resolución por concurrencia no competitiva. El plazo ordinario de ejecución de las obras es de 20 meses desde la concesión, ampliado hasta el 30 de junio de 2028 para los expedientes del Programa 3 tras el Acuerdo n.º 42 de la Comisión Bilateral de 14 de mayo de 2026
Cuantías marco por programa (RD 853/2021)
Las convocatorias autonómicas cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Estas cuantías marco siguen siendo la referencia para los expedientes concedidos en plazo y su justificación.
| Programa | Cuantía | Condición |
|---|---|---|
| Programa 3 — Edificios completos | 40-80 % del coste según ahorro energético acreditado | Comunidad de propietarios o edificio unifamiliar con ≥30 % de mejora energética |
| Programa 4 — Vivienda individual | Hasta 3.000 € por vivienda (40 % del coste, máx. 7.500 € si se mejora ≥2 letras CEE) | Vivienda habitual con mejora térmica acreditada |
| Programa 5 — Libro del Edificio Existente | Hasta 700 € + 60 € por vivienda | Edificio plurifamiliar que elabore Libro del Edificio para rehabilitar |
Cuantías marco del Real Decreto 853/2021 (BOE núm. 239 de 6 de octubre 2021). Comunidad Valenciana aplica modulaciones en baremación según se detalla en Orden 9/2024, de 19 de diciembre, de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda (bases reguladoras y convocatoria plurianual 2024-2026, DOGV núm. 10015 de 30 de diciembre de 2024), con dos ampliaciones de crédito (Resolución de 21 de julio de 2025 y Resolución de 16 de octubre de 2025) y una modificación de plazos de ejecución por la Orde 3/2026, de 29 de mayo, de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Vivenda, Ocupació, Joventut i Igualtat.
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Comunidades limítrofes
Si te mueves entre comunidades, conviene comparar la convocatoria de tu zona con las de los territorios vecinos: cuantías, plazos y condiciones varían entre ellas.
Términos del glosario relevantes en Comunidad Valenciana
Organismos, normativa y conceptos clave que aparecen en la convocatoria Next Generation de Comunidad Valenciana, con definición ampliada y fuentes oficiales en el glosario.
Reformar en Comunidad Valenciana: el expediente completo
Cerrada la vía de la subvención, el resto del expediente sigue su curso. Estas son las demás fichas de Comunidad Valenciana, con la deducción del IRPF como incentivo vigente.
- Deducción del IRPF por reforma Tramos estatales y deducción autonómica
- Licencias de obra Plazos, ICIO y declaración responsable
- Impuesto de transmisiones (ITP) Tipo general y tipos reducidos
- Certificado de eficiencia energética Registro autonómico, tasa y plazo
Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Estas son las fichas de las capitales de Comunidad Valenciana:
Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona las ayudas Next Generation en Comunidad Valenciana?
Las gestiona Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, organismo competente del gobierno autonómico. Las convocatorias se publican en el DOGV (boletín oficial autonómico) y los expedientes se tramitan a través del organismo o sus oficinas territoriales.
¿Puedo solicitar todavía la ayuda?
No: las convocatorias autonómicas del RD 853/2021 cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Estado de la convocatoria: Plazo de solicitud cerrado el 27 de febrero de 2026, confirmado como «termini tancat» en el catálogo de procedimientos de la Generalitat; el Acuerdo n.º 42 de la Comisión Bilateral, de 14 de mayo de 2026, amplió solo la ejecución del Programa 3 (edificio) hasta el 30 de junio de 2028. El RD 326/2026 prorrogó únicamente los plazos de ejecución y justificación de los programas 1, 2, 3 y 6 para expedientes ya concedidos; los programas 4 y 5 quedaron fuera de la prórroga. Si tienes expediente concedido, consulta sus plazos en la resolución y el estado actualizado en DOGV.
¿Puedo combinar la ayuda con la deducción IRPF?
Sí, son compatibles. La deducción del IRPF (RD-Ley 19/2021) se aplica sobre la cantidad efectivamente pagada por el contribuyente, es decir, sobre la base no subvencionada. Si la ayuda Next Generation cubre el 50 % de una obra de 20.000 €, la deducción IRPF se aplica sobre los 10.000 € pagados por ti, no sobre el coste total.
¿Se necesitaba licencia municipal para solicitar?
Sí, en la mayoría de las convocatorias: el organismo autonómico exigía adjuntar a la solicitud la licencia de obra o la declaración responsable presentada en el ayuntamiento, e iniciar la obra antes de presentar la solicitud invalidaba la ayuda. Si tu expediente está concedido y pendiente de justificar, esa licencia o declaración responsable sigue formando parte de la documentación del expediente.
¿Está abierta ya la nueva ayuda IEEV.CV de la Comunitat Valenciana?
Todavía no. La Resolución de 19 de junio de 2026 (DOGV n.º 10393, de 29 de junio, corregida en el n.º 10399 de 7 de julio) aprobó las bases, pero a 6 de septiembre de 2026 no se ha publicado la convocatoria que fija cuantías y plazo. Conviene tener el informe de evaluación del edificio preparado para cuando se abra.
¿Puedo pedir la ayuda a edificios de la convocatoria 2024-2026?
No. La convocatoria de la Orden 9/2024, con 74,83 millones de euros tras su ampliación, cerró el plazo el 27 de febrero de 2026 y solo siguen tramitándose los expedientes presentados.