Certificado de eficiencia energética.
Andalucía 2026.
El Certificado de Eficiencia Energética es obligatorio para vender o alquilar vivienda en Andalucía, según el procedimiento básico estatal del RD 390/2021 y la norma autonómica de desarrollo. Esta ficha resume el registro, la tasa real, los plazos y la agencia energética aplicables en 2026.
Datos clave en Andalucía
| Órgano competente | Consejería con competencias en energía de la Junta de Andalucía, con resolución delegada en las Delegaciones Territoriales de Industria, Energía y Minas desde 2022 |
| Registro autonómico | Registro de Certificados Energéticos Andaluces (RCEA) |
| Agencia energética | Agencia Andaluza de la Energía |
| Tasa / inscripción | Tasa por tramos de superficie (tarifa 13.2, modelo 046): 15,28 euros hasta 250 m² construidos y 58,59 euros por encima de 250 m² |
| Plazo | 2-4 semanas hasta inscripción definitiva |
| Técnico habilitado | Arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico con competencia para proyectos de edificación o sus instalaciones térmicas |
| Norma autonómica | Orden de 9 de diciembre de 2014, que regula la organización y funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces (BOJA núm. 244, de 16 de diciembre de 2014); el registro se creó por el artículo 30 del Decreto 169/2011 |
Marco estatal: RD 390/2021
El procedimiento básico de certificación es estatal y desde 2021 lo fija el Real Decreto 390/2021, que sustituyó al anterior RD 235/2013. Cada comunidad autónoma lo desarrolla con su propia norma, opera el registro y fija la tasa de inscripción. La obligación de entregar el certificado en una transacción es común a todo el territorio:
Una copia del certificado de eficiencia energética debidamente registrado y la etiqueta de eficiencia energética se anexará al contrato de compraventa; en el caso de arrendamiento, una copia de la etiqueta se anexará al contrato de arrendamiento.
Normativa autonómica de Andalucía
En Andalucía, el desarrollo del procedimiento corresponde a la siguiente norma: Orden de 9 de diciembre de 2014, que regula la organización y funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces (BOJA núm. 244, de 16 de diciembre de 2014); el registro se creó por el artículo 30 del Decreto 169/2011. Es la referencia que regula el registro autonómico, la tramitación y, en su caso, la tasa de inscripción aplicable.
Cómo registrar el certificado energético en Andalucía
La inscripción la tramita Secretaría General de Energía, de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, con la tramitación y resolución delegadas en las Delegaciones Territoriales. Procedimiento 1807, «Registro de Certificados Energéticos Andaluces (RCEA)», tramitado en la sede electrónica de la Junta de Andalucía con certificado digital. El propietario o promotor del inmueble puede autorizar al técnico certificador para presentar la solicitud en su nombre, adjuntando los archivos generados por el programa de calificación reconocido.. Quien firma la solicitud no es necesariamente el técnico certificador: el artículo 6.6 del Real Decreto 390/2021 atribuye la presentación al promotor o al propietario del inmueble, o a la persona que estos autoricen, por lo que en la práctica suele actuar el propio técnico como representante, aportando entonces el documento acreditativo de esa representación junto con el certificado firmado en PDF y el informe de evaluación energética en formato XML. Ese mismo artículo fija con carácter general un mes desde la emisión del certificado para presentar la inscripción, salvo que la comunidad autónoma establezca un plazo distinto; en Asturias el trámite permanece abierto todo el año, sin una fecha límite adicional, aunque conviene no demorarlo para no alargar el periodo en que solo vale el resguardo provisional del técnico.
| Trámite | Sede electrónica / registro online |
| Tasa | Tarifa 13.2 de la tasa en materia de industria, energía y minas: 15,28 euros para superficie construida igual o inferior a 250 m² y 58,59 euros para superficie superior, liquidable junto con la solicitud de inscripción |
| Plazo | El registro tiene carácter informativo y no fija un plazo reglado de resolución ni efecto de silencio administrativo: la inscripción se practica al validar la documentación telemática, sin que la Administración se pronuncie sobre la calificación presentada |
Verificado en la página de cuota tributaria de tasas de industria, energía y minas de la Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es, consultada el 2026-09-06) y en la Orden de 9 de diciembre de 2014 (BOJA núm. 244) que regula el RCEA. Mientras se resuelve el expediente, el resguardo del propio técnico certificador ya permite usar el certificado en una compraventa o un alquiler; la etiqueta con el número oficial de registro solo llega al cerrarse el trámite.
El papel de Agencia Andaluza de la Energía
La gestión técnica y el impulso de la eficiencia energética en Andalucía se apoyan en Agencia Andaluza de la Energía, que según la comunidad gestiona el registro de certificados, presta asesoría técnica o coordina las ayudas autonómicas a la rehabilitación. Conviene consultarla para conocer convocatorias de ayuda vigentes que puedan combinarse con el certificado.
Particularidades de Andalucía
Andalucía gestiona la certificación a través de la Agencia Andaluza de la Energía, que opera el Registro de Certificados Energéticos Andaluces (RCEA) sobre el marco de la Orden de 9 de diciembre de 2014, la cual desarrolló el registro creado en su día por el Decreto 169/2011. El técnico certificador presenta el documento por vía telemática y el sistema devuelve la etiqueta una vez practicada la inscripción; mientras tanto, el resguardo de presentación permite operar con validez provisional. La reforma organizativa de 2022 trasladó la resolución de las inscripciones a las Delegaciones Territoriales de Industria, Energía y Minas, de modo que el expediente se resuelve provincia a provincia y no en un único punto central, algo que conviene tener presente porque el ritmo de tramitación no es homogéneo en las ocho provincias.
Sevilla y Málaga reúnen el grueso de los técnicos habilitados y ofrecen las horquillas de honorarios más ajustadas; en Almería, Huelva o Jaén la menor competencia local empuja los precios hacia el extremo alto y alarga la espera para conseguir la visita al inmueble. El factor climático pesa de forma particular en esta comunidad: los veranos largos y muy calurosos del valle del Guadalquivir hacen que la demanda de refrigeración, y no la de calefacción, sea la que más condiciona la calificación, lo que premia a las viviendas con buena protección solar, ventilación cruzada y orientación cuidada. Esa misma insolación elevada convierte el autoconsumo fotovoltaico en una de las palancas más rentables para mejorar la letra.
Para una compraventa, lo prudente es encargar el certificado entre dos y cuatro semanas antes de la fecha prevista de firma ante notario, sin apurar los plazos, ya que la inscripción definitiva no es inmediata. Antes de la firma conviene comprobar que la etiqueta lleva ya el número de inscripción del RCEA, porque solo el certificado registrado surte efectos ante el comprador y el notario en Andalucía.
Validez del certificado
El certificado tiene una validez máxima de diez años, salvo cuando la calificación energética obtenida sea G, en cuyo caso la validez máxima es de cinco años. Así lo fija el artículo 13.1 del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio. Una calificación baja no solo acorta la validez del documento en el caso de la letra G: también señala el margen de mejora que una reforma energética puede capturar, tanto en confort como en el valor de mercado del inmueble.
Para profundizar
- Sobre el precio nacional, la pieza precio del certificado de eficiencia energética aborda la horquilla a nivel estatal.
- Sobre cómo mejorar la calificación, la pieza cómo pasar de E a B en el CEE repasa las intervenciones más rentables.
- Sobre el cambio de escala 2026, la pieza editorial nueva escala del CEE 2026 sitúa la reforma en su horizonte regulatorio.
- Sobre la aerotermia, la pieza aerotermia para vivienda 2026 aborda la sustitución de caldera por bomba de calor como palanca de mejora del certificado.
Preguntas frecuentes
¿Quién emite el certificado de eficiencia energética en Andalucía?
Un técnico habilitado con titulación profesional reconocida: Arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico con competencia para proyectos de edificación o sus instalaciones térmicas. El profesional visita el inmueble, calcula la calificación con una herramienta oficial (CE3X, CEX o equivalente) y firma el certificado, que después debe inscribirse en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces (RCEA) para que tenga validez oficial.
¿Cuánto cuesta inscribir el certificado en Andalucía?
Tasa por tramos de superficie (tarifa 13.2, modelo 046): 15,28 euros hasta 250 m² construidos y 58,59 euros por encima de 250 m². Esa cantidad corresponde exclusivamente al registro autonómico; no incluye los honorarios del técnico certificador, que se sitúan típicamente entre 80 y 250 euros según la superficie y la complejidad del inmueble.
¿Cuánto tarda el registro en Andalucía?
2-4 semanas hasta inscripción definitiva. Durante la tramitación, el certificado tiene validez provisional con el resguardo del técnico, lo que permite usarlo en operaciones de compraventa o alquiler que no admitan demora. La etiqueta energética definitiva con número de registro se emite al final del proceso.
¿Qué pasa si no presento el certificado al vender o alquilar la vivienda en Andalucía?
Según el artículo 17 del RD 390/2021, una copia del certificado registrado y la etiqueta deben anexarse al contrato de compraventa, y una copia de la etiqueta al de arrendamiento; los anuncios de venta o alquiler deben incluir la calificación. Incumplirlo constituye infracción en materia de defensa de las personas consumidoras, con el régimen sancionador que fije la normativa autonómica aplicable. Además, sin certificado registrado no es posible inscribir determinadas operaciones ni acceder a las deducciones del IRPF por mejora energética.
¿Qué validez tiene el certificado emitido en Andalucía?
Diez años desde la fecha de emisión, salvo cuando la calificación obtenida sea G, en cuyo caso la validez máxima es de cinco años, según el artículo 13.1 del RD 390/2021. Si una obra de mejora (aerotermia, SATE, ventanas de menor transmitancia) cambia la calificación, conviene emitir un nuevo certificado de inmediato para acreditar el ahorro ante las ayudas y reflejar el mayor valor del inmueble.
Glosario relacionado
Términos técnicos y normativos del análisis.
Fuentes oficiales
- Marco estatal: Real Decreto 390/2021, de 1 de junio (BOE).
- Orden 9-dic-2014, RCEA (BOJA 244).
- Agencia Andaluza de la Energía.
La certificación energética puede dar acceso a deducciones autonómicas del IRPF si la rehabilitación mejora al menos una letra. El detalle fiscal por comunidad autónoma está en la guía del IRPF de Andalucía en guiafiscal.es.
Reformar en Andalucía: el expediente completo
El certificado energético es la prueba documental del ahorro conseguido. Estas son las demás fichas de Andalucía, incluida la deducción que ese certificado permite aplicar.
- Deducción del IRPF por reforma Tramos estatales y deducción autonómica
- Ayudas autonómicas a la rehabilitación Qué se convocó y qué organismo lo gestiona
- Licencias de obra Plazos, ICIO y declaración responsable
- Impuesto de transmisiones (ITP) Tipo general y tipos reducidos
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