Ficha autonómica Verificado 2026-09-06 insular

Ayudas a la rehabilitación en
Islas Baleares 2026.

Convocatoria gestionada por Institut Balear de l'Habitatge (IBAVI). Programa con mayor peso: Programa 4 (vivienda individual). Estado de la convocatoria: Plazo de solicitud cerrado desde el 30 de junio de 2025; la Resolución de 15 de junio de 2026 no reabre la convocatoria, pero amplía el plazo de ejecución de las obras ya concedidas (Programas 3 y 4) hasta el 30 de junio de 2028 y el de justificación hasta el 31 de octubre de 2028, al amparo de la prórroga que permite el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

Ilustración editorial de arquitectura tradicional de Islas Baleares con paleta tierra-cobre, escena de rehabilitación residencial
Patrimonio residencial y rehabilitación en Islas Baleares Ilustración editorial

Boletín oficial

BOIB

Convocatoria 2026

cerrada

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Baleares · Convocatoria Next Generation: consulta el importe en el boletín oficial

Peculiaridades de la convocatoria en Islas Baleares

Baleares opera bajo la peculiaridad del archipiélago: cada isla tiene oficina propia del IBAVI (Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera) y la convocatoria reconoce el sobrecoste logístico del transporte de materiales. Las ayudas Next Generation de rehabilitación residencial (Programas 3 y 4 del RD 853/2021) se rigen por la Orden 31/2022 del consejero de Movilidad y Vivienda, publicada en el BOIB el 3 de diciembre de 2022; el plazo de solicitud, inicialmente hasta el 31 de diciembre de 2024, se prorrogó hasta el 30 de junio de 2025 (o hasta agotar el crédito asignado), y está cerrado. La Consellería moduló el acceso para evitar que el presupuesto se canalice hacia rehabilitaciones destinadas a alquiler turístico: la vivienda subvencionada queda obligada a uso residencial principal o alquiler estable durante los diez años posteriores a la concesión. La componente bioclimática es importante en la baremación (ventanas con factor solar bajo, toldos motorizados de lamas, ventilación cruzada con recuperación de calor). En el plano fiscal, las Illes Balears sí aplican una deducción autonómica del IRPF del 50 % por inversiones que mejoren la calidad y la sostenibilidad de la vivienda habitual, con base máxima de 10.000 euros anuales y límites de base imponible total de 33.000 euros en tributación individual y 52.800 euros en conjunta (requiere certificado de eficiencia energética antes y después de las obras). Las viviendas en cascos históricos protegidos de Palma, Ciutadella, Eivissa Vila y Maó requieren informe del Consell Insular correspondiente, con tiempos medios de tramitación de entre 6 y 12 semanas.

Para quien teclea hoy “ayudas rehabilitación vivienda baleares 2026”, conviene aclarar primero que no hay ninguna convocatoria nueva que solicitar: el plazo de presentación de solicitudes de la Orden 31/2022, tras dos prórrogas sucesivas (hasta el 31 de diciembre de 2023 y luego hasta el 31 de diciembre de 2024), se cerró definitivamente el 30 de junio de 2025, y el IBAVI no ha convocado una nueva línea de Programa 3 o Programa 4 desde entonces; toda la actividad del Instituto publicada en el BOIB a lo largo de 2026 —más de veinte trámites solo entre enero y agosto— corresponde a la construcción de vivienda pública nueva en distintos municipios y al Bono Alquiler Joven, no a rehabilitación.

Lo que sí ha cambiado en 2026 es el calendario de ejecución de las ayudas ya concedidas. El Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, que aprobó el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (BOE núm. 99, de 23 de abril de 2026), modificó el artículo 4.7 del Real Decreto 853/2021 para permitir que la Comisión Bilateral de Seguimiento autorice, con carácter excepcional, prórrogas de los plazos de ejecución y justificación de las actuaciones ya subvencionadas. El Govern balear solicitó acogerse a esa vía, la Comisión Bilateral lo aprobó el 14 de mayo de 2026 (Acuerdo n.º 11) y el consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad formalizó la ampliación mediante una resolución del 15 de junio de 2026 (BOIB núm. 76, de 18 de junio): quien tenga una ayuda concedida del Programa 3 (rehabilitación de edificio) o del Programa 4 (eficiencia energética en vivienda individual) dispone ahora hasta el 30 de junio de 2028 para acabar las obras —dos años más que el plazo original— y hasta el 31 de octubre de 2028 para presentar la documentación justificativa.

Esta prórroga es una buena noticia práctica para quien arrastra una obra retrasada por el encarecimiento de materiales o la escasez de mano de obra en las islas —el propio texto de la resolución cita expresamente “el incremento de costes” y “las dificultades materiales en la ejecución de las obras” entre los motivos de la ampliación—, pero no reabre el acceso a quien todavía no había solicitado la ayuda: si no se presentó solicitud antes del 30 de junio de 2025, la vía de la Orden 31/2022 ya no existe. Quien esté ejecutando una obra concedida debe seguir tramitando la documentación de fin de obra a través del IBAVI y de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, con el mismo expediente abierto en su día.

Para quien parte de cero en 2026, la única vía activa en Baleares sigue siendo la deducción autonómica del IRPF del 50 % ya descrita más arriba; a la espera de que el Govern balear abra una nueva línea de subvención directa al amparo del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, conviene vigilar el BOIB y la sede electrónica del IBAVI por si se publica una nueva convocatoria de rehabilitación durante el resto de 2026 o en 2027.

Particularidad insular: sobrecoste logístico y régimen fiscal propio

Baleares y Canarias reconocen en sus convocatorias el sobrecoste logístico del transporte de materiales: las ayudas incluyen partidas específicas para gastos de embarque y aplicación. En Canarias, el Régimen Económico y Fiscal (REF) aplica IGIC al 7 % al material de obra en lugar de IVA peninsular del 10 %-21 %, lo que reduce el coste fiscal de la rehabilitación. Ambas comunidades han modulado el acceso a las ayudas para evitar canalización hacia alquiler turístico, vinculando la subvención a un compromiso de uso residencial principal o alquiler estable de diez años. Las viviendas en cascos históricos protegidos requieren informe del Consell Insular o del cabildo insular correspondiente.

Programa principal en Islas Baleares

P4

Mejora de eficiencia energética en vivienda individual

Cuantía máxima
Hasta 3.000 € por vivienda (40 % del coste, máx. 7.500 € si se mejoran ≥2 letras CEE)
Plazo de ejecución
12 meses desde concesión
Condición específica de Islas Baleares
Vivienda habitual con compromiso de uso residencial principal o alquiler estable durante 10 años; para las ayudas ya concedidas, la obra debe finalizar antes del 30 de junio de 2028 (plazo ampliado en junio de 2026; antes, 30 de junio de 2026) y justificarse antes del 31 de octubre de 2028

Cuantías marco por programa (RD 853/2021)

Las convocatorias autonómicas cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Estas cuantías marco siguen siendo la referencia para los expedientes concedidos en plazo y su justificación.

Programa Cuantía Condición
Programa 3 — Edificios completos 40-80 % del coste según ahorro energético acreditado Comunidad de propietarios o edificio unifamiliar con ≥30 % de mejora energética
Programa 4 — Vivienda individual Hasta 3.000 € por vivienda (40 % del coste, máx. 7.500 € si se mejora ≥2 letras CEE) Vivienda habitual con mejora térmica acreditada
Programa 5 — Libro del Edificio Existente Hasta 700 € + 60 € por vivienda Edificio plurifamiliar que elabore Libro del Edificio para rehabilitar

Cuantías marco del Real Decreto 853/2021 (BOE núm. 239 de 6 de octubre 2021). Islas Baleares aplica modulaciones en baremación según se detalla en Orden 31/2022 del entonces consejero de Movilidad y Vivienda, de 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 157, de 3 de diciembre de 2022), modificada por sucesivas resoluciones de ampliación de plazos (BOIB de 29 de junio de 2023 y de 21 de diciembre de 2023) y, en 2026, por la Resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad de 15 de junio de 2026 (BOIB núm. 76, de 18 de junio de 2026).

Boletín oficial · cita verbatim
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Art. 2 · Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre · BOE núm. 239 de 6 de octubre de 2021

Términos del glosario relevantes en Islas Baleares

Organismos, normativa y conceptos clave que aparecen en la convocatoria Next Generation de Islas Baleares, con definición ampliada y fuentes oficiales en el glosario.

Reformar en Islas Baleares: el expediente completo

Cerrada la vía de la subvención, el resto del expediente sigue su curso. Estas son las demás fichas de Islas Baleares, con la deducción del IRPF como incentivo vigente.

Las bonificaciones del ICIO y del IBI no las fija la comunidad, sino cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. Esta es la ficha de Palma de Mallorca:

Preguntas frecuentes

¿Quién gestiona las ayudas Next Generation en Islas Baleares?

Las gestiona Institut Balear de l'Habitatge (IBAVI), organismo competente del gobierno autonómico. Las convocatorias se publican en el BOIB (boletín oficial autonómico) y los expedientes se tramitan a través del organismo o sus oficinas territoriales.

¿Puedo solicitar todavía la ayuda?

No: las convocatorias autonómicas del RD 853/2021 cerraron a nuevas solicitudes el 30 de junio de 2026. Estado de la convocatoria: Plazo de solicitud cerrado desde el 30 de junio de 2025; la Resolución de 15 de junio de 2026 no reabre la convocatoria, pero amplía el plazo de ejecución de las obras ya concedidas (Programas 3 y 4) hasta el 30 de junio de 2028 y el de justificación hasta el 31 de octubre de 2028, al amparo de la prórroga que permite el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. El RD 326/2026 prorrogó únicamente los plazos de ejecución y justificación de los programas 1, 2, 3 y 6 para expedientes ya concedidos; los programas 4 y 5 quedaron fuera de la prórroga. Si tienes expediente concedido, consulta sus plazos en la resolución y el estado actualizado en BOIB.

¿Puedo combinar la ayuda con la deducción IRPF?

Sí, son compatibles. La deducción del IRPF (RD-Ley 19/2021) se aplica sobre la cantidad efectivamente pagada por el contribuyente, es decir, sobre la base no subvencionada. Si la ayuda Next Generation cubre el 50 % de una obra de 20.000 €, la deducción IRPF se aplica sobre los 10.000 € pagados por ti, no sobre el coste total.

¿Se necesitaba licencia municipal para solicitar?

Sí, en la mayoría de las convocatorias: el organismo autonómico exigía adjuntar a la solicitud la licencia de obra o la declaración responsable presentada en el ayuntamiento, e iniciar la obra antes de presentar la solicitud invalidaba la ayuda. Si tu expediente está concedido y pendiente de justificar, esa licencia o declaración responsable sigue formando parte de la documentación del expediente.

¿Hasta cuándo tengo para acabar la obra si me la concedieron en Baleares?

Hasta el 30 de junio de 2028, con justificación hasta el 31 de octubre de 2028: la Resolución de 15 de junio de 2026 (BOIB n.º 76, de 18 de junio) amplió los plazos de ejecución de los programas 3 y 4 de la Orden 31/2022 al amparo del Real Decreto 326/2026 y del acuerdo de la Comisión Bilateral de 14 de mayo de 2026.

¿Puedo solicitar hoy el Programa 3 o 4 en Baleares?

No. Las solicitudes están cerradas y la actividad del IBAVI publicada en el BOIB entre enero y agosto de 2026 se limita a promoción de vivienda pública y al Bono Alquiler Joven; no hay convocatoria nueva de rehabilitación ni convenio del Plan Estatal 2026-2030 publicado.