Cambio de uso Madrid capital

Convertir un local en vivienda
en Madrid.

Madrid reguló por primera vez la transformación de locales en viviendas en sus Normas Urbanísticas de 2023 y, dos años después, el Plan RESIDE puso el primer veto por calles. El resultado es un mapa con reglas claras: dónde se puede, con qué mínimos y cuánto cuesta de verdad.

Calle del centro de Madrid con buhardillas y balcones de forja al atardecer, con un antiguo local de planta baja transformándose en vivienda al sustituir la persiana metálica por una ventana
En Madrid, convertir un local en vivienda exige desde 2023 cumplir 40 m² útiles, tres metros de fachada y no estar en una vía vetada por el Plan RESIDE.

Durante décadas, convertir un local madrileño en vivienda fue un ejercicio de interpretación: las normas del Plan General de 1997 no contemplaban la operación de forma expresa y cada expediente se resolvía contra criterios dispersos, incluida una orden ministerial de 1944 para los mínimos de superficie. Eso terminó el 27 de noviembre de 2023, cuando entraron en vigor las nuevas Normas Urbanísticas: por primera vez la transformación de local a vivienda tiene regulación propia, con la exigencia de que la vivienda resultante cumpla los estándares de una vivienda nueva. A cambio de esa claridad, los mínimos subieron —se acabaron los estudios de 25 m²— y en 2025 llegó la primera restricción territorial con el Plan RESIDE.

Los requisitos del local, uno a uno

El filtro físico y urbanístico que debe superar un local en Madrid capital para volverse vivienda queda así:

Son requisitos de resultado: si el local no puede alcanzarlos ni con obra, no hay expediente que lo salve. Por eso la consulta previa y el estudio de viabilidad van antes que la compra.

El Plan RESIDE: el primer veto por calles

La segunda pieza del marco es de 2025. El Plan RESIDE, aprobado definitivamente el 27 de agosto de 2025 y en vigor desde finales de septiembre, introdujo dos prohibiciones que afectan de lleno a esta operación: no se pueden transformar locales en pisos turísticos en el centro histórico, y no se pueden transformar locales en viviendas en una treintena de vías terciarizadas —ejes comerciales como Bravo Murillo, Alcalá, López de Hoyos, Paseo de Extremadura, Avenida de Ciudad de Barcelona, Cartagena, Clara del Rey o Sepúlveda—. La motivación municipal es explícita: el Plan de Hospedaje de 2019 permitió pisos turísticos en planta baja y la consecuencia fue la desaparición de comercio de barrio; entre 2015 y 2024 se transformaron 3.306 locales en viviendas o alojamientos turísticos en la ciudad. Antes de dar por viable un local, comprueba su calle contra el texto del plan o pregunta directamente en la consulta urbanística.

El trámite: declaración responsable con letra pequeña registral

En un edificio no catalogado y sin afección estructural, el cambio de uso se tramita por declaración responsable conforme a la Ordenanza 6/2022 de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas, ante el Ayuntamiento o ante una entidad colaboradora urbanística (ECU); la licencia queda para edificios protegidos y obras de mayor alcance. La letra pequeña llega después: para inscribir el cambio de uso en el Registro de la Propiedad, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública exige escritura pública y un acto expreso de conformidad municipal, y ha dejado dicho que el certificado de la entidad colaboradora no basta a efectos registrales (Resolución de 13 de mayo de 2024). Traducido: la ECU acelera el arranque de la obra, pero reserva tiempo para que el Ayuntamiento se pronuncie si quieres la vivienda inscrita y financiable con hipoteca.

Coste real: obra, ICIO y la factura posterior

La obra de conversión se mueve, según los datos de Habitissimo actualizados en marzo de 2025, entre 400 y 900 € por metro cuadrado según estado de partida y calidades —la media nacional ronda los 35.000 € y un local madrileño tipo de 60 m² sale por unos 30.000 €—, a lo que se suman proyecto y dirección técnica. En impuestos, el ICIO de Madrid es el 3,75 % del presupuesto de ejecución material para obras iniciadas desde el 1 de enero de 2024, más la tasa urbanística; existen bonificaciones tasadas, como el 95 % para sistemas de aprovechamiento solar. Y terminada la obra, la actualización catastral recalcula el IBI. Para encuadrar estas cifras en el mercado, los precios medios de reforma por m² dan la referencia general, y el desglose completo por partidas —proyecto, ICIO, tasas y trámites finales— detalla de dónde sale cada euro.

El proceso en seis pasos

1. Comprobar la norma zonal y el Plan RESIDE

Antes de negociar el precio, verifica en el visor urbanístico municipal que el uso residencial está permitido para ese edificio y esa planta, que el inmueble no tiene protección patrimonial que lo impida y que la calle no figura entre las vías terciarizadas donde el Plan RESIDE veta la conversión desde septiembre de 2025.

2. Verificar los mínimos físicos del local

La vivienda resultante necesita al menos 40 m² útiles, fachada de 3 metros a calle o a patio reglamentario, estar en planta baja o de piso (nunca bajo rasante, ni siquiera parcialmente) y alturas libres de 2,50 m en estancias principales y 2,20 m en cocinas, baños y pasillos.

3. Encargar el proyecto técnico

Un arquitecto redacta el proyecto de cambio de uso y reforma justificando el cumplimiento de las Normas Urbanísticas de 2023 y del Código Técnico para uso residencial: iluminación y ventilación naturales en las estancias principales, salubridad, ruido y seguridad.

4. Presentar la declaración responsable (o licencia si el edificio está protegido)

La regla general en edificio no catalogado es la declaración responsable de la Ordenanza 6/2022, tramitada ante el Ayuntamiento o una entidad colaboradora urbanística. Si el edificio está catalogado o la obra tiene alcance estructural, el cauce es la licencia.

5. Liquidar ICIO y tasa

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es el 3,75 % del presupuesto de ejecución material para obras iniciadas desde el 1 de enero de 2024, más la tasa por prestación de servicios urbanísticos.

6. Ejecutar la obra, obtener la conformidad y actualizar registros

Terminada la obra, para inscribir el cambio de uso en el Registro de la Propiedad hace falta escritura pública y un acto expreso de conformidad municipal —el certificado de la entidad colaboradora no basta, según la Dirección General de Seguridad Jurídica—; después se declara la alteración al Catastro, que recalcula valor catastral e IBI.

Fuera de la capital: qué cobra cada ayuntamiento del sur

Buena parte de la demanda real de cambio de uso no está en el centro de Madrid, sino en la corona sur, donde el local de planta baja es más barato y el salto a vivienda compensa antes. Cada municipio aplica su propia ordenanza fiscal —ICIO y tasa— y su propio canal de tramitación, y las diferencias no son cosméticas. Estos son los datos vigentes de seis ayuntamientos del sur, tomados de sus ordenanzas fiscales publicadas (BOCM o sede electrónica municipal):

Municipio ICIO Tasa del cambio de uso Canal (según su ordenanza)
Alcorcón 4 % Tasa urbanística del 2,50 % del coste de la obra Licencia si cambia el uso característico del edificio; declaración responsable si no (ordenanza de 2025)
Fuenlabrada 4 % 155,86 € por vivienda (fija) + 1,11 % por la obra Declaración responsable de cambio de uso
Parla 4 % 19,10-37,54 €/m² según categoría de la calle Licencia específica de cambio de uso
Valdemoro 4 % 247,30 € por la licencia; base mínima de ICIO por módulos (12.000 € con uso anterior, 22.000 € sin él) Licencia de obra mayor
Griñón 3,50 % 1,20 €/m² (declaración responsable de primera ocupación y cambio de uso) + 1,50 % por la obra Declaración responsable
Humanes de Madrid 4 % 1 % del coste real del inmueble por la modificación de uso Su ordenanza fiscal no detalla el canal; consulta municipal previa

Tres detalles que descolocan a quien viene con la lógica de la capital. En Alcorcón, la ficha municipal del cambio de uso exige que la vivienda resultante tenga su acceso desde el portal o espacio común del edificio —el acceso directo desde la calle, habitual en locales, está prohibido— además de 40 m² útiles y un programa mínimo por estancias. En Fuenlabrada, la ordenanza municipal específica pide fachada de más de 4,50 metros, un listón más alto que los 3 metros de Madrid capital. Y en Valdemoro, la base del ICIO no es el presupuesto que presentes sino el mayor entre este y los módulos municipales (300 €/m² si el local tenía uso, 550 €/m² si no), con los mínimos de la tabla: presupuestar la obra a la baja no rebaja el impuesto. Griñón, en cambio, combina el ICIO más bajo de la zona con la bonificación del 90 % para reformas interiores que mejoren la accesibilidad. Son ordenanzas fiscales —el procedimiento urbanístico exacto lo fija cada ayuntamiento conforme a la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid—, así que la consulta previa municipal sigue siendo el primer paso en todos los casos.

Recursos relacionados

El marco general de toda España —planeamiento, habitabilidad, comunidad, coste— está en convertir un local en vivienda. El papel de la junta de vecinos y las mayorías de la Ley de Propiedad Horizontal, en cambio de uso y comunidad de propietarios. Y el caso valenciano, con su propia normativa de habitabilidad, en convertir un local en vivienda en Valencia; el andaluz —licencia obligada por la LISTA y las tarifas de Córdoba, Algeciras, Sevilla y Málaga—, en cambio de uso de local a vivienda en Andalucía.

Preguntas frecuentes

¿En qué calles de Madrid está prohibido convertir un local en vivienda?

El Plan RESIDE, aprobado definitivamente en agosto de 2025, prohíbe la transformación de locales en viviendas en una treintena de vías terciarizadas —ejes de actividad comercial como Bravo Murillo, Alcalá, López de Hoyos, Paseo de Extremadura, Avenida de Ciudad de Barcelona, Cartagena o Sepúlveda—, y veta además convertir locales en pisos turísticos en todo el centro histórico. Fuera de esas vías, el cambio de uso sigue siendo posible cumpliendo las Normas Urbanísticas. La lista exacta figura en el texto publicado en el BOCM; conviene confirmarla en una consulta urbanística antes de comprar.

¿Puedo convertir un semisótano o un local en entreplanta baja de rasante?

No. Las Normas Urbanísticas vigentes desde noviembre de 2023 exigen que el suelo del local no quede por debajo de la rasante del terreno, ni siquiera parcialmente, lo que excluye sótanos y semisótanos. El local debe estar en planta baja o en planta de piso, con fachada de al menos 3 metros a calle o a patio reglamentario que dé luz y ventilación naturales a las estancias principales.

¿El trámite es una licencia o una declaración responsable?

En un edificio sin catalogar y sin obras de alcance estructural, la regla general de la Ordenanza 6/2022 es la declaración responsable, que puedes presentar ante el Ayuntamiento o ante una entidad colaboradora urbanística. Hay un matiz que casi nadie cuenta: para inscribir después el cambio de uso en el Registro de la Propiedad, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública exige un acto expreso de conformidad del Ayuntamiento; el certificado de la entidad colaboradora privada no es suficiente a efectos registrales.

¿Cuánto cuesta convertir un local en vivienda en Madrid?

Según los datos de Habitissimo actualizados en marzo de 2025, la obra de conversión se mueve entre 400 y 900 € por metro cuadrado según el estado de partida y las calidades, con una media nacional en torno a 35.000 € y un ejemplo tipo para un local madrileño de 60 m² alrededor de 30.000 €. A eso se suman el proyecto técnico, la tasa municipal, y el ICIO del 3,75 % del presupuesto de ejecución material. La subida posterior del IBI por el nuevo valor catastral conviene calcularla antes de decidir.

¿Cuántos locales se han convertido ya en Madrid?

Según los datos oficiales del Ayuntamiento difundidos al aprobar el Plan RESIDE, entre 2015 y 2024 se transformaron 3.306 locales en viviendas o pisos turísticos en la ciudad. Esa oleada —especialmente la de los pisos turísticos en planta baja que permitió el Plan de Hospedaje de 2019— es precisamente la que motivó las nuevas restricciones en el centro histórico y en los ejes comerciales.

¿Cómo se tramita el cambio de uso en Alcorcón, Fuenlabrada o Parla?

Cada ayuntamiento tiene su propio canal. En Fuenlabrada es una declaración responsable con tasa fija de 155,86 € por vivienda, más la tasa de la obra de acondicionamiento. En Parla es una licencia específica, con tasa por metro cuadrado según la categoría de la calle (de 19,10 a 37,54 €/m²). En Alcorcón, la ordenanza de licencias de 2025 remite a licencia cuando se cambia el uso característico del edificio y a declaración responsable cuando no, y su ficha municipal exige que la vivienda resultante tenga al menos 40 m² útiles y acceso desde el portal, no directo desde la calle. El ICIO es el 4 % en los tres.

¿Y en Griñón, Humanes de Madrid o Valdemoro?

Griñón aplica el ICIO más bajo de la zona (3,50 %) y su ordenanza fiscal tarifica la declaración responsable de primera ocupación y cambio de uso a 1,20 € por metro cuadrado. Humanes de Madrid mantiene el ICIO en el 4 % y grava la modificación de uso con el 1 % del coste real del inmueble. Valdemoro (ICIO 4 %) es el más exigente: su ordenanza encuadra el cambio de uso a vivienda en la licencia de obra mayor con base imponible mínima por módulos —12.000 € si el local tenía uso anterior, 22.000 € si no—, más una tasa de 247,30 € por la licencia de cambio de uso.