Trámites Cédula habitabilidad

Cédula de habitabilidad
tras reforma.

Cuándo debes renovar la cédula tras la reforma, qué obras la exigen, coste 120-380 € en vivienda media, trámite por CCAA y plazos de emisión 20-60 días.

Casita recién reformada junto a un documento oficial con una marca de verificación verde y un sello de cobre, con luz cálida
No toda reforma obliga a renovar la cédula; solo la que cambia superficie, distribución o uso reabre el trámite.

Qué obras exigen renovar la cédula

La cédula de habitabilidad acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad fijadas por el decreto autonómico correspondiente. Si la reforma altera esas condiciones (distribución, iluminación natural mínima, ventilación, dimensiones de estancias), debe renovarse. Esta tabla resume los escenarios más habituales:

Tipo de obra ¿Renovar? Detalle
Reforma de cocina o baño sin tocar distribución No No exige renovación porque no afecta a las superficies útiles ni a la distribución. La cédula vigente sigue siendo válida hasta su caducidad ordinaria (15 años en CAT, 15 años en CCAA con cédula propia).
Cambio de ventanas o ampliación de huecos No No requiere renovación si no varía la superficie iluminada/ventilada de cada estancia. Si se reduce un hueco por debajo del mínimo CTE-HS (1/8 superficie estancia), sí requiere reevaluación.
Redistribución (derribo o creación de tabiques) Renovación obligatoria. La nueva distribución debe cumplir programa mínimo (cocina, baño, dormitorios) y dimensiones mínimas por estancia según decreto autonómico. Técnico cualificado debe certificar.
Conversión de local en vivienda (cambio de uso) Sí (nueva cédula primera ocupación) No es renovación sino emisión de cédula nueva. Requiere licencia de cambio de uso, proyecto técnico y CFO (certificado final de obra). Plazo administrativo 60-180 días.
Rehabilitación integral con licencia obra mayor Si la obra mayor afecta a programa funcional o accesibilidad, se debe solicitar renovación o nueva cédula. El CFO con visado colegial es el documento técnico base.

Trámite paso a paso

Cinco pasos: (1) contratar técnico cualificado (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero edificación habilitado en la CCAA); (2) visita técnica para verificar programa funcional, superficies útiles, iluminación natural ≥1/8 superficie de estancia (CTE-HS-3), ventilación, altura libre ≥2,50 m; (3) elaboración y emisión del certificado de habitabilidad firmado electrónicamente; (4) visado colegial donde proceda (CAT, IB); (5) tramitación en plataforma autonómica con tasa asociada y recepción de cédula renovada.

Variación por CCAA

Cataluña: Habitatge.gencat.cat, cédula de 25 años en primera ocupación de obra nueva y 15 años en segunda ocupación, tasa ≈ 35 €, plazo 15-30 días. Comunidad Valenciana: sede.gva.es, declaración responsable de segunda ocupación, tasa ≈ 50 €. Baleares: IBAVI, cédula de 10 años, plazo 20-40 días. Asturias: cédula primera y segunda ocupación, tasa por concepto. Cantabria: eliminó la cédula el 18-11-2024. Resto de CCAA: equivalencia mediante licencia primera ocupación + IEE + CEE.

¿Caduca la cédula de habitabilidad? Vigencia y renovación por comunidad

La cédula de habitabilidad solo existe como documento independiente en un grupo acotado de comunidades: Cataluña, Illes Balears, la Comunitat Valenciana —donde desde 2019 se sustituyó por la declaración responsable de segunda ocupación—, Asturias, Navarra y La Rioja. En el resto de España la función equivalente, acreditar que la vivienda cumple las condiciones mínimas para ser habitada, la cubre la licencia municipal de primera ocupación, un documento que no caduca ni se renueva salvo que se tramite una licencia nueva por una obra posterior. Cantabria pertenecía al primer grupo hasta el 18 de noviembre de 2024: ese día entró en vigor el decreto que deroga el Decreto 141/1991 y suprime el trámite de la cédula, de modo que la comunidad pasó al segundo grupo, donde el certificado final de obra y la licencia de primera ocupación cierran el expediente.

Donde la cédula sigue viva, caduca por el simple paso del tiempo y hay que renovarla antes de vender la vivienda, firmar un alquiler nuevo, dar de alta un suministro de agua, luz o gas, o solicitar una hipoteca. El plazo no es igual en todas partes, así que conviene mirar la fecha de expedición de la cédula, no solo si "parece antigua":

Comunidad Vigencia Norma
Cataluña 25 años (primera ocupación, obra nueva) / 15 años (segunda ocupación y primera ocupación de rehabilitación) Decret 141/2012, art. 9
Illes Balears 10 años desde la expedición, igual para primera y segunda ocupación Decret 145/1997, art. 13
Comunitat Valenciana Sin plazo de caducidad automática; la declaración responsable de segunda ocupación debe renovarse a los 10 años de la primera si hay venta o nuevo contrato de suministro Decret 12/2021, art. 6
Navarra 30 años la cédula de clase A (obra nueva o rehabilitación integral del edificio) / 10 años la de clase B (viviendas existentes sin cédula previa y renovaciones sucesivas) Decreto Foral 142/2004, art. 7
Cantabria Suprimida desde el 18-11-2024: ya no se exige cédula Decreto derogatorio del Decreto 141/1991 (BOC nº 223/2024)

Asturias, Navarra y La Rioja también exigen cédula de segunda ocupación, pero sus decretos han cambiado de forma reciente o parcial (Asturias suprimió la cédula de primera ocupación con el Decreto 73/2018 y mantiene la de segunda vía el Decreto 6/1995; La Rioja tramitó en 2026 la supresión de la obligatoriedad para vivienda nueva y rehabilitada). Si tu vivienda está en alguna de estas comunidades, confirma el plazo exacto en el organismo autonómico de vivienda antes de dar por caducada o vigente la cédula que tengas en casa.

Renovarla es un trámite de tres pasos: un técnico habilitado (arquitecto o arquitecto técnico colegiado) visita la vivienda y certifica que sigue cumpliendo el programa mínimo de habitabilidad; el informe se visa en el colegio profesional cuando la norma autonómica lo exige (Cataluña e Illes Balears sí lo piden); y la solicitud, con la tasa correspondiente, se presenta ante la administración autonómica competente. Si la reforma que motiva la renovación además cambió la distribución o la superficie útil de la vivienda —como detalla la tabla del primer apartado de esta guía—, el técnico tiene que levantar de nuevo el plano acotado y el trámite se parece más a una cédula nueva que a un simple sellado de la vigente. Cuando la reforma vino precedida de una licencia de obra mayor, el certificado final de esa obra es la base documental que el técnico usa para redactar el nuevo informe de habitabilidad.

Cross-links + trámites relacionados

Cédula y certificado energético son trámites diferentes pero complementarios. Detalle CEE en cómo subir el certificado energético. Trámite de licencia obra mayor en licencias municipales. Para la Inspección Técnica del Edificio (>50 años) consulta el silo correspondiente en ITE/IEE. Y si la cédula que necesitas es la de primera ocupación de un local convertido en vivienda, el expediente completo —planeamiento, proyecto, licencia y habitabilidad— está en la guía del cambio de uso de local a vivienda.

Preguntas frecuentes

¿Qué CCAA exigen cédula de habitabilidad?

En 2026 mantienen la cédula como documento propio Cataluña (25 años en obra nueva y 15 en segunda ocupación, Decret 141/2012), Illes Balears (10 años, Decret 145/1997), Navarra (30 años la clase A y 10 la clase B, Decreto Foral 142/2004), Asturias (solo la de segunda ocupación desde el Decreto 73/2018) y La Rioja, además de la Comunitat Valenciana, donde desde 2019 la sustituye la declaración responsable de segunda ocupación (Decret 12/2021). Cantabria la suprimió el 18 de noviembre de 2024. En el resto de comunidades la función la cumple la licencia municipal de primera ocupación, junto con el Informe de Evaluación del Edificio y el certificado de eficiencia energética cuando la normativa los exige.

¿Cuánto cuesta renovar la cédula de habitabilidad?

Honorarios técnicos: 120-280 € en piso convencional (arquitecto técnico o ingeniero edificación visita la vivienda, comprueba programa, dimensiones y condiciones de habitabilidad, emite certificado de habitabilidad). Tasa autonómica: 30-90 € según CCAA. Visado colegial (si aplica): 25-60 €. Total típico 180-380 € en vivienda media. En reformas integrales donde se redistribuye la vivienda, el coste sube a 350-650 € por la mayor complejidad de la documentación gráfica.

¿Cuánto tarda obtener la cédula renovada?

Tramitación: (1) visita técnica + emisión de certificado de habitabilidad 5-10 días; (2) visado colegial (donde proceda) 3-7 días; (3) registro y emisión en organismo autonómico 15-45 días. Plazo total típico 20-60 días. En CCAA con cita telemática rápida (Cataluña vía Habitatge, IBAVI Baleares) el plazo se reduce a 10-25 días. En CCAA con plataforma manual el plazo puede llegar a 60-90 días en periodos de carga alta.

¿Puedo alquilar o vender sin cédula renovada tras la reforma?

Depende de la CCAA. En Cataluña, IB, CV y resto de CCAA con cédula: para alquiler de uso habitual y compraventa, la cédula vigente es obligatoria (sin ella, notario no puede formalizar escritura; agencia inmobiliaria no debería intermediar). En CCAA sin cédula: el equivalente es la licencia primera ocupación + CEE + IEE (cuando el edificio tiene >50 años). Para alquiler turístico, la mayoría de CCAA exigen cédula o equivalente más licencia turística específica.

¿La reforma integral exige siempre nueva cédula?

No siempre. Tres escenarios: (a) reforma integral SIN redistribución (mismos tabiques, mismas estancias, solo acabados nuevos + instalaciones nuevas) NO exige nueva cédula; la vigente sigue siendo válida; (b) reforma integral CON redistribución (derribo o creación de tabiques que cambian el programa de la vivienda) SÍ exige nueva cédula porque hay que certificar que el nuevo programa cumple decreto autonómico; (c) cambio de uso (local→vivienda, oficina→vivienda) SIEMPRE exige cédula nueva de primera ocupación, no renovación.

¿Es obligatorio renovar la cédula de habitabilidad?

Solo en las comunidades que aún mantienen la figura: Cataluña, Illes Balears, Comunitat Valenciana (como declaración responsable de segunda ocupación desde 2019), Asturias, Navarra y La Rioja. Ahí es obligatorio renovarla vencido el plazo de vigencia si vas a vender, alquilar o dar de alta un suministro. En el resto de España la cédula no existe como documento independiente: la función equivalente la cumple la licencia municipal de primera ocupación, que no caduca y no se renueva. Cantabria eliminó la cédula el 18 de noviembre de 2024 (decreto derogatorio del Decreto 141/1991, BOC 223/2024) y pasó a ese segundo grupo.

¿Cuánto dura la cédula de habitabilidad?

Depende de la comunidad autónoma y no hay un plazo único nacional. En Cataluña son 25 años para la cédula de primera ocupación de obra nueva y 15 años para la de segunda ocupación y para la de primera ocupación de rehabilitación (Decret 141/2012, art. 9). En Illes Balears son 10 años, iguales para primera y segunda ocupación (Decret 145/1997, art. 13). En Navarra la cédula de clase A (obra nueva o rehabilitación integral) dura 30 años y la de clase B (viviendas existentes sin cédula previa y renovaciones sucesivas) 10 años (Decreto Foral 142/2004, art. 7). En la Comunitat Valenciana la declaración responsable de segunda ocupación no caduca por el mero paso del tiempo, pero debe renovarse a los 10 años de la primera ocupación si en ese periodo se vende la vivienda o se da de alta un nuevo contrato de agua, gas o electricidad (Decret 12/2021, art. 6). En las comunidades sin cédula, la licencia de primera ocupación no tiene plazo de vigencia.

Si tu cédula ha caducado y necesitas renovarla sin haber hecho reforma, consulta nuestra guía de renovar cédula de habitabilidad: cuándo, precio y trámite.